Qué incluye la liquidación laboral en Colombia
Al terminar un contrato de trabajo, el empleador debe pagar las prestaciones sociales causadas y no pagadas: cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicios y vacaciones pendientes, además del salario adeudado. Si el despido es sin justa causa, se suma una indemnización.
Fórmulas utilizadas
- Cesantías = (salario + auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 360.
- Intereses sobre cesantías = cesantías × días × 12 % ÷ 360.
- Prima de servicios = (salario + auxilio) × días del semestre ÷ 360.
- Vacaciones = salario × días trabajados ÷ 720 (sin auxilio de transporte).
Ejemplo: con un salario de 2.000.000 y 200.000 de auxilio, tras un año completo (360 días) las cesantías son 2.200.000 y los intereses 264.000. La prima de un semestre es de 1.100.000 y las vacaciones suman 1.000.000. Total: 4.564.000.
Aspectos a tener en cuenta
Si tu salario tiene componentes variables, como comisiones o recargos, se promedia el último año para las cesantías y la prima. El auxilio de transporte se incluye en cesantías y prima pero no en las vacaciones. Esta calculadora no incluye la indemnización por despido sin justa causa, que depende del tipo de contrato y del tiempo trabajado, ni los descuentos de retención en la fuente.
Plazos importantes
La prima se paga a más tardar el 30 de junio y el 20 de diciembre. Las cesantías se consignan en el fondo antes del 14 de febrero del año siguiente. Si el contrato termina, se liquidan al finalizar. Las cifras son referenciales; para un caso real consulta el Ministerio del Trabajo.